Se consideran Hogares de Personas Mayores, los Centros de Servicios Sociales Especializados, destinados al encuentro entre Personas Mayores, a la realización de actividades socio culturales y de desarrollo personal, de comunicación, asociación y ocio; al fomento del voluntariado social, a la potenciación de la participación y de la integración social, personal y comunitaria, y a la prestación de servicios de carácter social y asistencial.
Socios:
Podrán ser socios/as las personas que hayan cumplido los 65 años. Excepcionalmente podrán adquirir la consideración de socios quienes tengan la condición de:
- Pensionistas de viudedad con 60 años cumplidos.
- Pensionistas de invalidez en cualquier grado con 60 años cumplidos y que no estén en activo.
- Pensionistas de jubilación anticipada con 60 años cumplidos.
- Beneficiarios de pensiones no contributivas con 60 años cumplidos.
- Beneficiarios de planes de jubilación anticipada con 60 años cumplidos.
Además de los requisitos de edad anteriores, para ser socio/a se precisa no padecer enfermedad infecto contagiosa ni trastornos de conducta que puedan alterar la normal convivencia del Centro.
La condición de socio de un Hogar de Personas Mayores, se acreditará mediante la expedición de un carnet con su fotografía actualizada. Dicho carnet se entregará de forma gratuita.
Dependencia: Diputación General de Aragón. Departamento de Servicios Sociales y Familia.
Organismo autónomo: Instituto Aragonés de Servicios Sociales.
C/ Virgen del Pilar, 5 - 44570 Calanda (Teruel)
Teléfono y Fax: 978 84 65 36
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